BENEMERITA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE PUEBLA

  • FACULTAD DE CONTADURIA PUBLICA

LA ETICA EN LOS NEGOCIOS


Luego de los desastres corporativos en los Estados Unidos (Enron, WorldCom, Xerox, etc.) mucha gente se preguntó "¿qué nos pasó?". Al final, la conclusión ha sido unánime: "se nos olvidó que la ética debe regir los negocios".
Hoy, en los Estados Unidos y por ende en el mundo occidental, se empieza a hablar del "capitalismo con conciencia". Esto es "espíritu en los negocios". Y cuando se habla de "espíritu" se sobreentiende "humano".
El capitalismo nació sin alma y olvidó la necesidad humana básica de construir significados para asegurarse un lugar en el porvenir. Durante 200 años vivimos una ilusión transitoria que fue pensar que se podían producir bienes económicos de manera irresponsable, egoístamente y sin un sentido trascendente.
Pero da la causalidad que los seres humanos involucrados en la aventura de generar riqueza (producir o transformar) tenemos alma (espíritu) y en consecuencia, construimos significados (aspiramos a trascender).
Esto implica de manera inmediata que todo ser humano hoy debe escuchar una llamada al compromiso. No se puede vivir sin él. El capitalismo sin compromiso incubó la tragedia de las corporaciones arriba mencionadas.
La falta de responsabilidad, solidaridad y sentido, provocaron la ruina de las organizaciones financieras sin alma. Pero en el substrato subyacente y como explicación última de la tragedia, teníamos la debacle del espíritu humano como causa primera y fin lógico. Casi hubiera podido aventurarse -parafraseando a García Márquez- que aquello era la "crónica de una muerte anunciada".
Pero su caída no hace más que representar una inflexión en las poderosas fuerzas del mercado que buscan reagruparse para evitar la reflexión, el análisis y la toma de conciencia. Los tentáculos del vacío espiritual y de conciencia que significa haber vendido el espíritu al oro, tienen todavía raíces en amplios sectores del mercado.
Por fortuna, y en ello la historia nos demuestra que finalmente el mal no prevalece, existe hoy en día un creciente movimiento al interior de la comunidad empresarial para detenerse y reflexionar sobre lo ocurrido a otros y sobre lo que nadie puede afirmar que no le ocurrirá a él.
Esta reflexión se está dando en torno a la "ética" como una nueva forma de situarse en los movimientos del mundo del mercado. Quedó visto que su ausencia trae consecuencias inimaginables. Se calcula en 9 mil millones de dólares lo defraudado en Enron. Pero -valga decir- el fraude fue más allá de los 9 mil millones de dólares de los accionistas.
En Enron se defraudó, hasta agotarlo, el sentido de la confianza como síntesis de todo lo noble y bueno que pueda haber en el ámbito de la comunidad empresarial. Destruida la confianza, se destruyó todo. Porque sin confianza no hay acuerdo, contrato ni institución que prevalezca: quedó clarísimo que la pérdida de confianza hace efímero cualquier monto de ganancia y se convierte en el peor de todos los negocios.
Hoy, el desafío consiste en reconstruir el Sistema de Confianzas a través de un nuevo Sistema de Compromisos. No sólo al interior de la comunidad empresarial, sino a todos los escenarios y entornos que la rodean. Este sistema y este acuerdo tienen un solo nombre: La Ética.
La corrupción, la irresponsabilidad, el egoísmo, la falta de compromiso y de solidaridad demostraron sin duda que sin importar dónde -a la larga- son un mal consejero. Su puesto en cualquier consejo, junta directiva o nivel de la organización de negocios, transforman la corporación o empresa en un frágil "castillo de naipes".
El creciente escrutinio de la sociedad, la democratización acelerada de los pueblos y la nueva era de la información y del conocimiento global, hacen cada vez más difícil la sobrevivencia de corporaciones y empresas que no se sustenten sobre los principios del respeto, la honestidad, la congruencia y el compromiso. Los consumidores de hoy no son los de ayer. Los ciudadanos y las sociedades han madurado, reflexionan más y deciden mejor.
Por tanto, "La Cuestión Ética" (con mayúsculas) hace su arribo en un momento particular de devastación, de desencanto y de escándalo. No debe convertirse en una moda ni vaciarla de su contenido al etiquetarla en un eslogan terriblemente reductivo: "la ética es un buen negocio" (con minúsculas). La Ética no puede ser reducida al cliché de "buen negocio": eso sería sencillamente pervertirla y vaciarla de su más esencial fuerza y contenido.
La Ética debe ser nuevamente el "alma" de la empresa y la que contribuya a "aportar significados" a la tarea que se emprende dentro de la corporación o de la empresa. Crear o transformar con responsabilidad, solidaridad y sentido -con compromiso basado en la confianza- es el otro nombre de la Ética en el mundo del mercado.
Y para un mundo global, con un mercado global sin duda tendremos que tener de vuelta entre nosotros la idea de una "ética global", que nos recuerde - "después de mucho tiempo de olvido"-, que existen "Valores y Principios Universales" (con mayúsculas) que aún cuando se puedan vivir y expresar de maneras diferentes en las distintas culturas, son comúnmente aceptados por todos.
Este "capitalismo con conciencia" o "espíritu en los negocios" y más precisa y puntualmente para nosotros "ética en los negocios" debe volver a ocupar el primer plano en las decisiones que se toman en el mundo del mercado para que el vacío de alma generado por el oro y la ambición humana, no devoren lo que finalmente es lo más preciado que tenemos, el único capital que verdaderamente nos llevamos al morir: todo lo que no puede ser ni vendido, ni comprado ni explicado por el mercado. Es decir, el valor trascendente de la vida humana, de toda vida humana y de sus significados.
Con la convicción plena de que "ningún ser humano es más importante que otro por el sólo hecho de que es humano", los líderes de la comunidad empresarial tendrán que enfrentar esta desafiante frontera de la ética más pronto de lo que se imaginan, esperan o incluso desean.
La comunidad empresarial requiere de un liderazgo que:
En primer lugar, contribuya sustancialmente a la reconstrucción del Sistema de Confianzas en el mismo ámbito de la comunidad, pero de inmediato, y sin dejarlo de considerar con el mismo nivel de importancia, hacia los entornos que la rodean.
En segundo lugar, que gracias a la reconstrucción del Sistema de Confianzas los miembros de la comunidad empresarial (empleadores y empleados) experimenten un nuevo tiempo de "inspiración".
Esto es, reinventar todos los días lo cotidiano con imaginación y un profundo sentido trascendente; hacerlo nuevo, constructivo y positivo aún en medio de las más desconcertantes adversidades como en medio de los éxitos más sonoros con un sólo propósito: servir y ser útiles a los demás.
En tercer lugar, que contribuya a la construcción de significados por medio de los cuales los valores y los principios universales puedan de nuevo tomar una preeminente carta de ciudadanía en los consejos, las juntas directivas y todos los niveles de la empresa o la corporación, a fin de que los miembros puedan encontrar en ellas un claro "sentido de vida", es decir transformar el empleo en un "trabajo". Y ello significa encontrar verdaderas razones para vivir y substanciales motivos para creer y suficiente inspiración para esperar un futuro óptimo a través de un presente mejor.
Quienes tienen a su cargo "la riqueza de las naciones" (no sólo en términos económicos sino también humanos, culturales y sociales), tienen la obligación histórica de no pensarse tan rápido el arribo del "fin de la historia" y el predominio del "pensamiento único" que podría ser el peor de los espejismos después del fin de la guerra fría en el año de 1989. Ni Marx ni el comunismo han muerto, a pesar de la caída de la Unión Soviética y del rumbo que actualmente toma China.
Ese liderazgo que necesitamos ver cada vez más traducido a acciones que impacten en el gran público depende de una sola cosa: decidir qué tipo de globalización queremos para nosotros, nuestros hijos y todos los que dependen de nosotros como empleadores.
El tiempo de discutir si queremos globalización o no ya está agotado. En cambio sí que es tiempo -y quizá no sea mucho- de reflexionar y decidir el tipo de globalización que queremos tanto como el que NO queremos. De ello dependerá en gran medida que la raza humana pueda continuar siendo humana en el siglo XXI.

ÉTICA PROFESIONAL


La ética profesional puede definirse como la ciencia normativa que estudia los deberes y los derechos profesionales de cada profesión. También se le llama Deontología. Al decir profesional no solo se refiere a que la ética es solo para quienes tienen un cartón o son profesionales, sino que ésta en especial va destinada especialmente a las persona que ejercen una profesión u oficio en particular.
La ética profesional tiene como objeto crear conciencia de responsabilidad, en todos y cada uno de los que ejercen una profesión u oficio, esta, parte del postulado de que todo valor esta íntimamente relacionado con la idea de un bien.
La ética profesional se sustenta o toma bases fundamentalmente en la naturaleza racional del hombre. Esta naturaleza es espiritual y libre, por consiguiente tiene una voluntad que apetece al bien moral. Haga el bien y evite el mal.
La profesión es una capacidad cualificada requerida por el bien común, con peculiares posibilidades económico-sociales. El profesional no tiene el carácter de tal por el simple hecho de recibir el titulo que lo certifica o le da la cualidad de profesional, nadie es profesional por el titulo en si, el titulo lo único que expresa es su calidad de ser ya un profesional, mas no que tiene todas las cualidades éticas para serlo, el titulo profesional mas allá de ser un ALGUIEN es la manifestación intrínseca de lo que internamente se lleva , no por la naturaleza de la persona sino por sus cualidades éticas, como la idoneidad o aptitud que le da un nuevo perfil a su personalidad.
El ser profesionales dignos representa la excelencia, gravedad, decoro que tiene la persona y el respeto consigo mismo
Ahora bien, nosotros como futuros Contadores Públicos, debemos acatar la ética como opción de vida, por el solo hecho de tener fe pública. Nuestras decisiones están respaldadas por las demás personas que creen fielmente en nosotros y en nuestra palabra. Por ello debemos seguir los principios básicos que nos competen como son:
1. La integridad
2. Objetividad
3. Independencia
4. Responsabilidad
5. Confidencialidad
6. Observar las disposiciones normativas
7. Competencia y actualización profesional
8. Difusión y colaboración
9. Respeto entre colegas
10. y una conducta ética
De nosotros depende nuestra profesión, si queremos ser profesionales integrales capaces de poner en practica esta frase < haz lo que quieras >, siendo libres e independientes, racionales y objetivos; si logramos este objetivo seguro que los usuarios de la información jamás volverán a poner en duda de cuan éticos somos y gozaremos nuevamente de su confianza general, y volveremos a emitir un real fe pública.

Código de ética del contador publico.

El conjunto de reglas de conducta dados por el Código de Ética Profesional que regulan la actividad del Contador Público, constituye guías mínimas de orientación o criterios de comportamiento que adopta la Profesión Contable frente a su diario accionar al servicio del Público en general; además establece que estos principios son igualmente válidos para todos los Contadores Públicos Colegiados ya sea que trabajen en el sector público, privado o en la docencia.
Todo Contador Público Colegiado debe tener presente que siempre debe estar ceñido a los principios éticos de Integridad, Objetividad, Independencia, Confiabilidad, Responsabilidad, Observancia de las Normas y Leyes, Competencia, Actualización Profesional, Respecto y Colaboración con los Colegas.
Los profesionales de la Ciencia Contable, toman decisiones e inducen a otras personas a tomarlas, por lo que la información que producen debe reunir características de veracidad, oportunidad, objetividad, confiabilidad, verificabilidad, de tal manera que sus servicios se conduzcan bajo la guía de las virtudes morales como la prudencia, la justicia, la fortaleza y la templanza.
El Código de Ética Profesional, no solo sirve de guía a la acción moral de cada Contador Público Colegiado, sino que también mediante él, la Profesión Contable declara su intención firme de cumplir con la sociedad y servirla con lealtad, honradez y diligencia.
El Contador Público Colegiado debe tener siempre presente los siguientes principios que debe regir su accionar profesional y personal en forma permanente:
1.- Integridad.- Debe ser honesto y directo en la ejecución de su trabajo Profesional.
2.- Objetividad.- Debe ser justo y no dejar que un prejuicio o la influencia de otras personas anulen su objetividad.
3.- Competencia Profesional y Cuidado Suficiente.- Debe poseer conocimiento, habilidad y experiencia, para poderlos aplicar con razonable cuidado y diligencia, debe solicitar consejo o asistencia cuando lo requiera para asegurar que los servicios profesionales que presta sean ejecutados satisfactoriamente y debe negarse a ejecutarlos cuando no tenga la calificación necesaria para ello.
4.- Carácter Confidencial.- Deberán respetar el carácter confidencial de la información que obtengan y no revelarla sin autorización a menos que haya una obligación legal o profesional que los obligue.
5.- Comportamiento Profesional.- Debe actuar de manera consistente cuidando la buena reputación de la profesión y abstenerse de cualquier comportamiento que pudiera desacreditar a una persona o a la profesión en su conjunto.


6.- Normas Técnicas.- Deberá llevar a cabo sus servicios profesionales en concordancia con las técnicas y normas profesionales pertinentes. Tendrá la obligación de ejecutar con cuidado y habilidad los requerimientos del cliente o empleador en cuanto sean compatibles con los requisitos de integridad, independencia y objetividad, y deberá cumplir con las normas de Contabilidad y de Auditoria establecidas Internacionalmente.
DÉCALOGO DEL CONTADOR

1. Amar la Contaduría Pública sobre todas las otras profesiones
2. No firmar con su matrícula en vano
3. Bendecir el 1º de marzo día del contador
4. Honrar a profesores y compañeros por sus experiencias compartidas
5. Evolucionar a las empresas
6. No aceptar contratos impuros
7. No evadir impuestos pero si eludirlos
8. No juzgar a los colegas o auxiliares
9. Utilizar el sentido común
10. No codiciar los clientes ajenos.

Código de ética profesional.
Postulado I. Aplicación Universal del Código. Este Código de ética Profesional es aplicable a todo Contador Público por hecho de serlo, sin importar la índole de su actividad o especialidad que cultive tanto en el ejercicio Independiente o cuando actúe como funcionario o empleado de instituciones públicas o privadas abarca también a los Contadores Públicos que además de esta ejerzan otra profesión
Postulado ll. Independencia de criterio. Al expresar cualquier juicio profesional el Contador Público acepta la obligación de sostener un criterio libre e imparcial.
Postulado III. Calidad Profesional de los trabajos. En la prestación de cualquier servicio se espera del Contador Público un verdadero trabajo profesional por lo que siempre tendrá presentes las disposiciones normativas de la profesión que sean aplicables al trabajo específico que este desempeñando. Actuara así mismo con la intención, el cuidado y diligencia de una persona responsable.

Postulado IV. Preparación y calidad del Profesional. Como requisito para que el Contador Publico acepte presentar servicios, deberá tener el entrenamiento técnico y la capacidad necesaria para realizar las actividades profesionales satisfactoriamente.
Postulado V. Responsabilidad Personal. El Contador Público siempre aceptará una responsabilidad personal por los trabajos llevados a cabo por el o realizados bajo su dirección.
Postulado VI. Secreto Profesional. El Contador Público tiene la obligación de guardar el secreto profesional y de no revelar por ningún motivo los hechos datos o circunstancias que tenga conocimientos en el ejercicio de sus profesión a menos que lo autoricen los interesados, excepto por los informes que establezcan las leyes respectivas.
Postulado VII. Obligación de rechazar tareas que no cumplan con la moral, Faltas al honor y dignidad profesional. Todo Contador Público que directa o Indirectamente Intervenga en arreglos o asuntos que no cumplan con la moral.
Postulado VII. Lealtad hacia el patrocinador de sus servicios. El Contador Público se abstendrá de aprovecharse de situaciones que puedan perjudicarse quien haya contratado sus servicios.
Postulado IX. Retribución económica. Al Acordar la Compensación económica que habrá de recibir, el Contador Público siempre deberá tener presencia que la retribución por sus servicios no constituye el único objetivo ni la razón del ejercicio de su profesión.
Postulado X. Respecto a los colegas y a la profesión. El Contador Público cuidara sus relaciones con sus colaboradores, con sus colegas y con las instituciones que los agrupan, buscando que nunca se menoscabe la dignidad de la profesión sino que se enaltezca, actuando con espíritu de grupo.
Postulado XI. Dignificación de la Imagen profesional a base de calidad para hacer llegar a quien patrocina sus servicios y a la sociedad en general una imagen de calidad profesional y personal.
Postulado XIl. Difusión y enseñanza de conocimientos técnicos. Todo Contador Público que de alguna manera Transmite sus conocimientos tendrá como objetivo mantener las más altas normas profesionales y de conducta y contribuir al desarrollo y difusión de los conocimientos propios de la profesión.
Código de ética profesional.
Art. 1º. - Las normas contenidas en el presente Código de Ética Profesional, son aplicables a los miembros de los Colegios de Contadores Públicos del país en el ejercicio de la profesión, tanto en forma individual como asociada.
Art.2º.- El Contador Público está obligado a adecuar su conducta profesional de acuerdo con las normas preceptuadas en el presente Código.


Art.3º.- El presente Código rige la conducta del Contador Público tanto en el ejercicio independiente como dependiente de la profesión contable, siéndole aplicable cualquiera que sea la forma que adopte en su actividad profesional o la naturaleza de la retribución que perciba.
Este Código, así mismo, norma la conducta profesional del Contador Público con sus colegas de profesión
Art.4º.- Los Contadores Públicos que, además del ejercicio de la profesión, ejerzan otras profesiones, deberán acatar las normas de conducta que señala este Código para el desarrollo de la actividad del Contador Público, independientemente de aquellas que rijan el ejercicio de otras profesiones.
Art. 8º.- En el ejercicio profesional, el Contador Público actuará con probidad y buena fe, manteniendo el honor, dignidad y capacidad profesional, observando las reglas de ética en todos sus actos.
Art.10º.- El Contador Público que sea miembro de otras instituciones se abstendrá de intervenir directa o indirectamente, en actos que sean lesivos a la profesión del Contador Público.
Art.13º.- El Contador Público que actúe tanto en función independiente como dependiente, asumirá responsabilidad profesional en relación a sus informes, dictámenes, declaraciones juradas etc., que estén refrendados con su firma.
Art. 14º.- Ningún Contador Público, sea cual fuere la causa, podrá retener libros ni documentación contable de sus clientes, por tratarse de una apropiación indebida.
Cualquier diferendo deberá dilucidarse en el fuero correspondiente.
SECRETO PROFESIONAL
Art. 15º.- El Contador Público tiene la obligación de guardar el secreto profesional y de no revelar por ningún motivo los hechos, datos o circunstancias de los que tenga conocimiento en el ejercicio de su profesión, excepto de las informaciones que obligan las disposiciones legales.
Art.16º.- Ningún Contador Público podrá beneficiarse haciendo uso de la información que obtenga en el ejercicio de la profesión, ni podrá comunicar dicha información a otras personas, que se aprovechen de la misma.
Art. 17º.- El Contador Público podrá consultar o intercambiar impresiones con otros colegas en cuestiones de criterio o de doctrina, pero nunca deberá proporcionar datos que identifiquen a las personas o negocios de que se trate, a menos que sea con consentimiento de los interesados.
INDEPENDENCIA DE CRITERIO
Art. 18º.- El Contador Público en el desempeño de su función, cualquiera que sea su campo de actuación, debe mantener independencia de criterio, ofreciendo el mayor grado de objetividad e imparcialidad. Sus actuaciones, informes y dictámenes deben basarse en hechos debidamente comprobables en aplicación de los principios de contabilidad (NIC) y de auditoria (NIA) y las técnicas contables aprobadas por la profesión en los Congresos Nacionales e Internacionales.
Art. 20.- Tampoco se considera que hay independencia cuando el Contador Público, actuando como Auditor Independiente, esté vinculado económica o administrativamente con la empresa o filiales y con sus directivos, o cuando es propietario de la empresa o tenga vinculación con ella en grado tal, que pueda afectar su libertad de criterio.
RELACIÓN ENTRE COLEGAS
Art. 22º.- El Contador Público podrá asociarse para el ejercicio profesional, de acuerdo a dispositivos legales vigentes y los que rijan para nuestra profesión. La sociedad o estudio deberá darse a conocer con el nombre de uno o más de sus miembros, pudiendo añadir la calificación de Contadores Públicos.
Ningún Contador Público podrá ser socio demás de una Sociedad de Contadores Públicos.
Art.23º.- El Contador Público deberá abstenerse en forma absoluta de formular opiniones, comentarios o juicios negativos sobre la intervención profesional o idoneidad de otro Colega. Cualquier opinión sobre el particular deberá ser expresada ante las instancias pertinentes de su colegio Profesional.
Art. 24º.- Los nombres de los socios retirados o fallecidos no podrán conservarse ni incluirse en la denominación o razón social de la sociedad a que hayan pertenecido.
Art. 25º.- En las sociedades de profesionales sólo podrán suscribir o refrendar informes, dictámenes y estados financieros, quienes poseen título de Contador público otorgado por una Universidad Peruana o revalidado en ella y debidamente colegiado y habilitado, e inscrita la sociedad en el registro correspondiente.
Art. 29º.- El Contador Público como profesional en función dependiente se desempeñará con probidad asimismo se mantendrá actualizado en los conocimientos inherentes a las áreas de su servicio profesional.



EL CONTADOR PÚBLICO EN FUNCION DE PROFESIONAL INDEPENDIENTE
Art. 31º.- Para los efectos de interpretación de la función independiente se considera como tal cuando su actuación no está subordinada a los órganos de dirección o a los juicios de sus clientes.
Art. 32º.- El Contador Público que ejerza independientemente la profesión no expresará opinión profesional sobre los estados financieros o sobre cualquier otra información financiera complementaria, si el examen de dichos estados o información no ha sido practicado por él, o bajo su supervisión.
Art. 33º: El dictamen, informe u opinión del Contador Público debe ser redactado de tal manera que exprese claramente su opinión profesional sobre el particular en concordancia con las normas y procedimientos aprobados por la profesión contable.
Art. 34º: El Contador Público no permitirá que se presenten estados, documentos o información en papel con su membrete cuando no han sido examinados por él.
Art. 36º.- Ningún Contador Público que ejerza independientemente, permitirá actuar en su nombre a persona que no sea su representante debidamente acreditado o empleado bajo su autoridad.
Art. 37º.- El Contador Público no podrá realizar ningún tipo de trabajo de auditoria o peritaje contable en las empresas en que haya trabajado como contador, sino después de 2 años. Mientras dure su actuación como Contador no podrá actuar como Auditor o Asesor.
Art.38º: No es posible efectuar trabajos de Auditoria o peritaje contable judicial en las empresas en donde se actúa como Contadores a través de empresas de contabilidad OUTSO URCING vinculadas con los auditores o por personas que tengan dependencia con los auditores o peritos contables judiciales.
Art. 39º.- En los servicios de Contabilidad, Consultoría, Peritajes o Auditoria independientes prestados por personas jurídicas, asume la responsabilidad el profesional contable que firma o suscribe los estados financieros, declaraciones juradas de impuestos y contribuciones e informes o dictámenes en general.
Art. 40º: El informe o dictamen del Contador Público en su calidad de perito, consultor o auditor independiente deberá de estar debidamente sustentado con papeles de trabajo o correspondencia en cumplimiento de los NIAS , y de las técnicas contables aprobadas por la profesión en Congresos Nacionales e Internacionales.


Art. 43º: El Contador Público individual o asociadamente podrá ofrecer sus servicios en forma seria y mesurada, bajo las siguientes modalidades de publicidad:
a) En anuncios en periódicos y revistas
b) El Contador Público que ejerza docencia universitaria no podrá efectuar anuncios de servicios profesionales para la enseñanza y el que no ejerza, no podrá asociar el titulo profesional en anuncios para la enseñanza regular en Institutos, Escuelas, Academias, etc.
Art. 44º: La identificación del Contador Público o de la firma profesional debe limitarse a anunciar el nombre individual o razón social de la firma, el título profesional, dirección y representación, asociación o agrupación si la hubiere.
INFRACCIONES AL CÓDIGO DE ÉTICA.
Art. 48º.- La inobservancia de lo preceptuado en el presente Código de Ética Profesional, constituye infracción, la cual será sancionada de acuerdo con la gravedad de la misma, sin perjuicio de lo expresamente tipificado como infracción en el presente capítulo.
Art. 49º.- El Contador Público, cualquiera que fuera el campo en el que actúa, es responsable de sus actos y considerado causante de un acto de descrédito para la profesión, si al expresar su opinión sobre el asunto que haya examinado o sobre cualquier información de carácter profesional:
a) Encubra un hecho importante a sabiendas que es necesario manifestarlo para que su opinión no induzca a conclusiones erradas.
b) Deje de manifestar expresamente cualquier dato importante que deba aparecer en los estados financieros en sus informes y del cual tenga conocimiento.
c) Incurra en negligencia al emitir el informe correspondiente a su trabajo, sin haber observado las normas, técnicas y procedimientos de contabilidad o auditoria exigidos en las circunstancias, para respaldar su trabajo profesional sobre el asunto encomendado o exprese su opinión cuando las limitaciones al alcance de su trabajo son de tal naturaleza que le impida emitir tal opinión.
d) No informe, siendo de su conocimiento, sobre cualquier desviación substancial de los principios de contabilidad generalmente aceptados o de cualquier omisión importante aplicables en las circunstancias al caso que le ocupa.
e) Aconseje falsear los estados financieros y cualquier otra información de su cliente, o de las dependencias en donde preste sus servicios.
En suma, las opiniones, informes, dictámenes y documentos que presente el Contador Público deberán contener la expresión de su juicio fundado, sin ocultar o desvirtuar los hechos de manera que puedan inducir a error.
Art. 50º.- Comete infracción grave y contraria a la dignidad profesional el Contador Público que directa o indirectamente , interviene en arreglos indebidos con sus clientes, oficinas públicas o cualquier otro organismo para obtener un trabajo o aceptar o conceder subrepticia o claramente, comisiones, corretajes o recompensas.
Art. 51º.- Comete infracción grave el Contador Público, que se vale de la función que desempeña para conseguir directa o indirectamente beneficios que no sean producto de su labor profesional.
Art. 55º.- Comete infracción el Contador Público, que edite y publique textos utilizando ejemplos o expresiones literales contenidas en publicaciones realizadas por profesionales del gremio o de otros profesionales liberales.
SANCIONES
Art. 57º.- Para la imposición de sanciones se tomará en cuenta la gravedad de la infracción cometida, evaluando dicha gravedad de acuerdo con la trascendencia que la falta tenga para el prestigio y estabilidad de la profesión del Contador Público.

EVENTOS IMPORTANTES

.Curso en Derecho de Estados UnidosPara quienes buscan incrementar sus opciones laborales en el área legal
Fecha y hora:Jueves 10 de Abril 9:00 hrs
Viernes 11 de Abril 9:00 hrs
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Lugar:
Centro de Convenciones Puebla - La Constancia
Blvd. 5 de Mayo 402 Centro Histórico, Puebla, Pue. Tel: (222) 223.6421
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Comunícate con:
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Teléfono: 223.6422 122@convenciones-puebla.com.mx

.Muestra Fotográfica de Edward y Kim WestonMuseo Taller Erasto Cortés
7 Oriente #4 Centro Histórico, Puebla, Pue. Tel: (222) 246.6922 y 232.4647
Sobre el evento:
El Museo-Taller Erasto Cortés invita a disfrutar de una exposición única
Esta colección reúne tres generaciones de la familia Weston y se pueden apreciar los cambios paulatinos del proceso fotográfico.
Horarios:
Termina: Jueves 22 de Mayo del 2008
Horario: de 10:00 a 17:00 hrs

.Sexto Congreso Internacional de Urbanismo y Medio Ambiente
Invita la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, a través de la Facultad de Arquitectura. En este foro se discutirán temas especialmente enfocados al desarrollo sustentable y a los asentamientos humanos en el presente milenio.
Fecha y hora:
Miércoles 21 de Mayo 10:00 hrs
Jueves 22 de Mayo 10:00 hrs
Viernes 23 de Mayo 10:00 hrs
Lugar:
Ciudad Universitaria - Facultad de Arquitectura
Boulevard Valsequillo y Avenida 14 Sur
Puebla, Pue.
Detalles:
Cuotas:
Estudiantes de instituciones afiliadoas a la ALEUP y ANPUD: $150.00
Catedráticos de instituciones afiliadoas a la ALEUP y ANPUD: $250.00
Estudiantes en gral. con credencial: $250.00
Profesionistas, catedráticos en gral: $600.00
Mayores Informes:
Comunícate con:
Facultad de Arquitectura
Tel. 229.5500, ext. 7950
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Visita la página del evento:
Congreso de Urbanismo


85 Asamblea-Convención Nacional Acapulco 2008

Indice de Artículos

Inscripciones
Cuota Temprana (Válida hasta el 30 de abril) $ 9,300.00Cuota Intermedia (Válida hasta el 31 de julio) $ 11,300.00Cuota Final (válida hasta el 26 de octubre) $ 12,700.00Nota: No inlcuye el 15% de IVA** 6 Meses sin Intereses con Tarajeta de Crédito Banamex y BBVA Bancomer
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The Fairmont Acapulco Princess


TIPO DE HABITACIÓN TARIFA SENCILLA TARIFA DOBLE
Fairmont Deluxe Golf (vista jardín) $ 1,8015.00 $ 2,020.00
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Tarifa promocional para llegadas anticipadas y salidas posteriores (3 días); sin embargo en estos casos se requerirá previa reservación.
Tarifas por noche cotizada en Moneda Nacional.Incluye: impuestos, propinas a botones y camaristas y desayuno bufet.
Informes
Aide Chávez Martínez
achavez@imcp.org.mx
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convencion@imcp.org.mx
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Para mayor información: http://portal.imcp.org.mx/content/view/5502/205/





37 Convención Regional de Contadores Publicos del Noroeste
La 37 Convención Regional de Contadores Publicos del Noroeste será llevada a bao en la ciudad de Tijuana, B.C. del día 23 al 25 de Julio de 2008.
Presentaremos los temas de actualidad y todas las cuestiones que involucran y conciernen al contador moderno, demostrando así por que somos parte fundamental de los cambios que vivimos en esta evolución constante.Asiste y se parte de una experiencia que va más allá de conferencias, talleres y visitas. Todo un viaje alrededor de la vida e intereses de un profesional de la Contaduría que tendrá como escenario la multifacética frontera tijuanense y sus alrededores.
Para mayores informes:http://portal.imcp.org.mx/content/view/5388/205/

MEXICO
.Congreso de Contabilidad y Finanzas17/07/2008
www.cceeee.udep.edu.pe/congresocofin. Cualquier otra consulta o comentario se puede realizar al e-mail congresocofin@udep.edu.pe o al (073) 307777 anexos 4753 o
.XI Congreso Internacional
universidad de guanajuato 25-12-2008
Facultad de contabilidad y administración
Asociación de profesores de contaduría y administración de México

CODIGO ETICA

CONTENIDO:
-La definicion del alcance del propio codigo
-Las normas que conforman la responsabilidad del profesional frente a la sociedad
-Las normas que amparan las relaciones de trabajo y de servicios profesionales
-La responsabilidad hacia la propia profesion
LA DEFENSA DE LA RAZON Y LA JUSTICIA
Gilbrán Jalil Gilbrán, en su obra "El Profeta" y dentro de la parte intitulada " Del Trabajo" señala con poética belleza lo siguiente:
"E l trabajo es amor hecho realidad. Y si no podéis trabajar con amor, sino con disgusto, será preferible abandonéis el trabajo y os sentéis a la puerta del templo para pedir limosna a los que trabajan con regocijo.
Porque, si hacéis pan con indeferencia, haréis un pan amargo que calmará apenas el apetito del hombre.
Y si os repugna extraer el mosto, vuestra repugnancia destilará un veneno en el vino.
Y si queréis cantar con voz angelical y no amáis el canto, sólo taparíais el oído del hombre para escuchar las voces del día y las voces de la noche".